Obtener un Permiso de Conducir Internacional (PCI) en Rumanía es sencillo si tienes una Rumanía licencia de conducir nacional válida. Para aquellos que planean visitar Rumanía, se recomienda contactar a la autoridad correspondiente en su país de origen para obtener un IDP antes de partir. Sin embargo, si ya estás viajando y no posees un IDP, puedes optar por traducir tu licencia de conducir nacional en línea. Este método ofrece una manera más rápida, conveniente y eficiente de asegurarte de que puedes conducir legalmente durante tus viajes.
El Permiso de Conducir Internacional es una traducción de la licencia de conducir nacional a muchos idiomas. Las primeras tarjetas de identificación aparecieron en 1926 después de la Convención Internacional de París relativa al Tráfico Motorizado. El Permiso de Conducir Internacional también fue influenciado por otras dos convenciones en 1949 y 1968. El Permiso de Conducir Internacional es lo mismo que la Licencia de Conducir Internacional.
Te recordamos que un IDP es válido solo con una licencia nacional válida.
¡Garantía de devolución de dinero de 7 días!
Puede devolver los documentos emitidos por la Autoridad de Conducción Internacional en cualquier momento antes de la entrega o dentro de los 7 días posteriores a la entrega del documento para obtener un reembolso completo.
Según la Convención de Viena de 1968, los Permisos Internacionales de Conducir (PCI) están autorizados para ser emitidos por gobiernos nacionales u organizaciones designadas. En la mayoría de los países, esta función la llevan a cabo asociaciones automovilísticas afiliadas a la AIT/FIA, la policía u otras entidades autorizadas. Para obtener un Permiso Internacional de Conducir en Rumanía, debes poseer una licencia local y solicitarla a las autoridades correspondientes aquí (por favor, avísanos si el enlace no funciona). El costo y el tiempo de procesamiento de un IDP varían según el país.
Si tienes una licencia nacional que no fue emitida en Rumanía, debes verificar si tu licencia te permite conducir y si necesitas un PCI. Si un PCI es necesario, la única opción es solicitar una traducción de tu licencia de conducir, disponible ya sea por entrega o en versión electrónica (confirma con la compañía de alquiler de autos si aceptan la versión electrónica), por ejemplo, a través de nuestros servicios.
Para los ciudadanos de EE. UU. que solo tienen una licencia de conducir de EE. UU., pueden obtener un PCI de la AAA, pero debe hacerse antes de viajar a Rumanía.
¿Cómo obtener un Permiso de Conducir Internacional para Rumanía?
expand_moreSi tienes una licencia de conducir local y deseas viajar en automóvil a un país donde se requiere o recomienda el PDI, debes contactar a las autoridades gubernamentales o a una asociación automovilística autorizada para emitir el PDI para Rumanía. Si eres extranjero y estás planificando tu viaje con anticipación, puedes obtener el PDI de manera similar en tu país.
¿Cómo solicitar un Permiso de Conducir Internacional?
expand_moreEl proceso de solicitud es similar en todas las organizaciones, aunque existen grandes diferencias en el tiempo de emisión del PDI y el coste según el país. Obtener el PDI con nosotros es muy fácil y rápido: completa el formulario de solicitud, adjunta una copia de tu licencia de conducir vigente, tu firma y una foto a color, y realiza el pago. Puedes solicitar tu PDI en línea aquí.
¿Necesito un Permiso de Conducir Internacional para Rumanía?
expand_moreSi tienes una licencia de conducir de uno de los 67 países que armonizaron sus licencias bajo la Convención de Viena de 1968, NO necesitas un PDI para conducir en Rumanía, ya que tu licencia será reconocida. Los conductores de otros países no incluidos en esa lista necesitan un Permiso de Conducir Internacional, a menos que exista un acuerdo entre los países.
¿Qué es un Permiso de Conducir Internacional?
expand_moreNuestro PDI es ideal para viajeros que visitan diferentes países y disfrutan del confort de conducir un coche alquilado. No se requiere examen adicional, y el permiso es válido de uno a tres años. Este documento se utiliza junto con tu licencia nacional vigente, pero no la reemplaza; es una traducción de tu licencia en tres formatos.
¿Puedo alquilar un coche con este documento?
expand_moreNormalmente sí. Sin embargo, como los requisitos varían según la región, se recomienda consultarlos directamente con las compañías de alquiler de coches.
¿Puedo contratar un seguro de coche con el PDI?
expand_moreNormalmente sí. Sin embargo, dado que los requisitos varían según la región, se recomienda contactar directamente con las aseguradoras locales.
🗓 Datos contrastados con la legislación de circulación vial de Rumanía y con fuentes oficiales. Última actualización de la investigación: . Puede copiar esta información únicamente si incluye un enlace a esta página.
⚠ Esta página ofrece información general sobre normas de tráfico, no asesoramiento jurídico. Las normas cambian y cada autoridad aplica las suyas: confirme su caso con la autoridad competente antes de conducir.
ℹ Somos una empresa privada. No somos un organismo público, ni una autoridad de expedición o de concesión de permisos, ni una organización creada por un tratado, y no estamos afiliados a ninguno de ellos, ni respaldados por ellos, ni actuamos en su nombre. El documento que vendemos, Documento Internacional del Conductor, es una traducción de su permiso de conducción nacional: no es un permiso de conducción y no es un documento expedido por una administración pública.
| Pregunta | Respuesta |
|---|---|
| Lado de la carretera | Derecha |
| Permiso Internacional de Conducción (PIC) | Se acepta para 134 de los 240 permisos de origen, 75 de los cuales no tienen norma establecida — consulte la fila correspondiente a su país de expedición, en la tabla de abajo, para ver qué admite cada uno junto a él y con qué fundamento |
| Tipos de PIC aceptados | Ambos — Ginebra 1949 (validez 1 año) y Viena 1968 (validez 3 años) |
| Convenciones de la ONU sobre circulación vial | Ginebra 1949 — adhesión 26 de enero de 1961; Viena 1968 — ratificación 9 de diciembre de 1980 |
| Plazo para los visitantes | No hay un cómputo fijo de días para el turista. |
| Permisos de la UE / EEE | Plenamente válido, sin trámite (OUG 195/2002, art. 83 alin. (1) lit. b)) |
| Edad mínima | 18 para conducir — OUG 195/2002, art. 20 alin. (4) lit. b) |
| Tasa de alcoholemia | La tolerancia cero es la referencia práctica: el Derecho rumano no fija ninguna tasa de alcoholemia permitida. |
| Límites de velocidad | Categoría B, salvo que las señales indiquen otra cosa: 50 km/h dentro de las localidades (el administrador de la vía puede elevarlo hasta un máximo de 80 km/h en tramos señalizados, con la aprobación de la policía de tráfico, o rebajarlo hasta un mínimo de 30 km/h); fuera de las localidades, 130 km/h en autopistas, 120 km/h en vías rápidas (drumuri expres), 100 km/h en carreteras nacionales europeas (E) y 90 km/h en todas las demás vías (art. 49: la cifra urbana y las facultades del administrador están en alin. (1)-(3), y las cuatro categorías interurbanas en alin. (4)). Esa división en cuatro categorías procede de la Legea 134/2022, en vigor desde 16 de mayo de 2022; antes de ella, las vías rápidas y las carreteras nacionales europeas (E) compartían un único límite de 100 km/h, y por eso las fuentes más antiguas siguen imprimiendo tres cifras para fuera de las localidades. Circular con remolque resta 10 km/h a cada uno de esos límites interurbanos, con lo que quedan en 120 km/h, 110 km/h, 90 km/h y 80 km/h (art. 50 alin. (2)). Durante el primer año de posesión del permiso, cada límite interurbano baja 20 km/h, hasta 110 km/h, 100 km/h, 80 km/h y 70 km/h; el límite de 50 km/h dentro de las localidades no cambia (art. 50 alin. (4)). |
| Número de emergencias | El 112 es el número único de emergencias para policía, ambulancia y bomberos, gratuito desde cualquier teléfono. |
No hay una respuesta única para Rumanía: depende del convenio al que pertenezca el Estado que expidió su permiso. El art. 83 alin. (1) de la OUG 195/2002 reconoce el derecho a conducir a los titulares de permisos nacionales válidos expedidos por (a) los Estados parte del Convenio sobre Circulación Vial previsto en el art. 82 alin. (2) («prevăzută la art. 82 alin. (2)»), (b) los Estados miembros de la UE y (c) los Estados con los que Rumanía tiene un tratado bilateral de reconocimiento de permisos. El Art. 82 alin. (2) define ese convenio como el Convenio de Viena de 8 de noviembre de 1968 y ningún otro. Así pues: los permisos de la UE y los de las partes del Convenio de Viena de 1968 son válidos por sí solos, sin IDP. Los titulares de Estados que no son parte del Convenio de Viena de 1968 —lo que incluye a todos los Estados que solo se adhirieron al Convenio de Ginebra de 1949— quedan comprendidos en el art. 83 alin. (2) y deben poseer además un permiso internacional de conducción («trebuie să posede și permis de conducere internațional»): el IDP es legalmente obligatorio junto con el permiso nacional. Las preguntas frecuentes de la Policía rumana enuncian esa misma división entre 1949, que necesita IDP, y 1968, que no. Esas preguntas frecuentes van más allá e indican que el permiso de un Estado que no es parte de ninguno de los dos convenios (y sin tratado bilateral) no se reconoce ni siquiera presentando un IDP, lo que es más estricto que el tenor literal del art. 83 alin. (2). Considere de alto riesgo conducir con un permiso así y pida confirmación por escrito a la Policía rumana antes de viajar.
No se ha verificado ninguna sanción específica para conducir sin el documento exigido a partir de una fuente autorizada. Base de datos jurídica no oficial.
En Rumanía se conduce por la derecha y se adelanta por la izquierda. Los coches en Rumanía llevan el volante a la izquierda.
No hay un cómputo fijo de días para el turista. El Art. 83 alin. (1) reconoce el derecho a conducir a los titulares de un permiso nacional válido y reconocido y no fija ningún plazo más breve para el visitante; el derecho se extiende a la estancia temporal mientras el permiso siga en vigor y el conductor no haya establecido su domicilio o su residencia en Rumanía. Atención: la muy citada cifra rumana de «90 días» no es un cómputo de permisos; el art. 82 alin. (4) limita a 90 días desde su introducción en el país el uso de vehículos con matrícula extranjera por personas domiciliadas o con sede en Rumanía. Esa es una norma sobre residentes y vehículos, no una norma sobre el permiso de conducción del visitante. (OUG 195/2002, art. 83 alin. (1); véase también art. 82 alin. (4))
¿Piensa mudarse a Rumanía? Una vez que sea residente se aplican normas distintas: consulte la sección de residentes más abajo.
Rumanía es Parte Contratante de ambas Convenciones de las Naciones Unidas sobre Circulación Vial: la Convención de Ginebra de 19 de septiembre de 1949 y la Convención de Viena de 8 de noviembre de 1968. Por ello se expiden Permisos Internacionales de Conducción tanto del tipo 1949 como del tipo 1968 al amparo de su marco; los tipos que Rumanía acepta de los visitantes se indican en la tabla anterior.
Que un país extranjero acepte su permiso de conducción depende de una maraña de variables: tres convenciones distintas de la ONU sobre circulación vial (1926, 1949, 1968), países en fases distintas de adhesión a cada una (firmada, aceptada o ratificada), permisos impresos en alfabetos que la policía local no sabe leer, sistemas de categorías de vehículos que no encajan entre países, generaciones de documentos que pueden no cumplir el formato de una convención aunque el país sea miembro, acuerdos bilaterales entre Estados concretos y leyes locales más laxas en un sitio y más estrictas en el siguiente. El mismo permiso puede servir en una frontera y ser rechazado en la siguiente, incluso en el siguiente mostrador de alquiler. El Permiso Internacional de Conducción existe precisamente para zanjar todo eso: una presentación normalizada y multilingüe de su permiso actual, con símbolos de categoría armonizados, que las autoridades de cualquier país pueden leer de un vistazo. No sustituye a su permiso nacional ni otorga nuevos derechos —usted lleva ambos—, solo evita que el resultado dependa del azar.
Esta tabla está dirigida a turistas y visitantes temporales. ¿Se traslada a Rumanía como residente? Se aplican normas distintas: consulte la sección de residentes más abajo. Busque a continuación el país de expedición de su permiso. Rumanía reconoce por sí solos los permisos de la UE y los de las partes del Convenio de Viena de 1968: ni IDP ni traducción. La trampa está en la remisión: el art. 83 de la OUG 195/2002 remite al convenio definido en el art. 82 alin. (2), que es únicamente el de Viena de 1968. Los conductores de Estados que solo se adhirieron al Convenio de Ginebra de 1949 —Estados Unidos de América, Japón, Canadá, Australia, India y otros— quedan por tanto en el art. 83 alin. (2), donde el permiso internacional de conducción es legalmente obligatorio junto con el permiso nacional. Los conductores de Estados que no son parte de ninguno de los dos convenios se enfrentan a una prueba mucho más dura, y la posición de la Policía rumana es que sus permisos no se reconocen en absoluto; conducir en Rumanía sin derecho a hacerlo es un delito tipificado en el Código Penal, art. 335. Las normas cambian: confírmelas en fuentes oficiales antes de viajar. Última verificación: julio de 2026.
Leyenda: "1949" — Convención de Ginebra sobre Circulación por Carretera (PIC válido hasta 1 año); "1968" — Convención de Viena (PIC válido hasta 3 años).
Qué significa la columna «Situación» en esta página:
| País del permiso | Situación | Qué debe llevar | Motivo |
|---|---|---|---|
| Abjasia | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Afganistán | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Albania | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Alemania | Permiso nacional válido | Su permiso de la UE/EEE | Reconocimiento mutuo UE/EEE |
| Andorra | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Angola | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Antigua y Barbuda | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Arabia Saudí | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Argelia | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Argentina | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Armenia | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Aruba | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción (a través de Países Bajos — aplicación territorial) [1] |
| Australia | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Austria | Permiso nacional válido | Su permiso de la UE/EEE | Reconocimiento mutuo UE/EEE |
| Azad Cachemira | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Azerbaiyán | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Bahamas | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Bangladés | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Barbados | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Baréin | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Bélgica | Permiso nacional válido | Su permiso de la UE/EEE | Reconocimiento mutuo UE/EEE |
| Belice | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Benín | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Bermudas | No establecido | No podemos confirmar una base convencional para un permiso de Bermudas: consulte a la autoridad de expedición de permisos de Rumanía antes de viajar | El registro del depositario no determina si alguna convención sobre circulación vial cubre a Bermudas: el país responsable de sus relaciones internacionales enumeró una por una sus extensiones territoriales de la Convención de 1949 sin nombrar a Bermudas, pero comunicó aparte al depositario que la Convención de 1949 sigue en vigor para sus dependencias de la Corona y territorios de ultramar. No puede establecerse ninguna base convencional para el permiso en ningún sentido: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Bielorrusia | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Bolivia | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Bosnia y Herzegovina | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Botsuana | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Brasil | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Brunéi | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Bulgaria | Permiso nacional válido | Su permiso de la UE/EEE | Reconocimiento mutuo UE/EEE |
| Burkina Faso | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Burundi | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Bután | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Cabo Verde | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Camboya | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Camerún | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Canadá | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Caribe Neerlandés | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción (a través de Países Bajos — aplicación territorial) [1] |
| Catar | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Chad | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Chile | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| China | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Chipre | Permiso nacional válido | Su permiso de la UE/EEE | Reconocimiento mutuo UE/EEE |
| Chipre del Norte | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Colombia | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Comoras | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Congo (Brazzaville) | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Congo (Rep. Democrática) | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Corea del Norte | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Corea del Sur | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Costa de Marfil | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Costa Rica | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Croacia | Permiso nacional válido | Su permiso de la UE/EEE | Reconocimiento mutuo UE/EEE |
| Cuba | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Curazao | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción (a través de Países Bajos — aplicación territorial) [1] |
| Dinamarca | Permiso nacional válido | Su permiso de la UE/EEE | Reconocimiento mutuo UE/EEE |
| Dominica | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Ecuador | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Egipto | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| El Salvador | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Emiratos Árabes Unidos | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Eritrea | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Eslovenia | Permiso nacional válido | Su permiso de la UE/EEE | Reconocimiento mutuo UE/EEE |
| España | Permiso nacional válido | Su permiso de la UE/EEE | Reconocimiento mutuo UE/EEE |
| Estados Unidos de América | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Estonia | Permiso nacional válido | Su permiso de la UE/EEE | Reconocimiento mutuo UE/EEE |
| Esuatini | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Etiopía | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Federación Rusa | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Filipinas | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Finlandia | Permiso nacional válido | Su permiso de la UE/EEE | Reconocimiento mutuo UE/EEE |
| Fiyi | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Francia | Permiso nacional válido | Su permiso de la UE/EEE | Reconocimiento mutuo UE/EEE |
| Gabón | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Gambia | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Georgia | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Ghana | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Gibraltar | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar (a través de Reino Unido — aplicación territorial) [1] |
| Granada | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Grecia | Permiso nacional válido | Su permiso de la UE/EEE | Reconocimiento mutuo UE/EEE |
| Groenlandia | No establecido | No podemos confirmar una base convencional para un permiso de Groenlandia: consulte a la autoridad de expedición de permisos de Rumanía antes de viajar | No hemos podido confirmar ninguna ratificación, adhesión ni extensión territorial que cubra a Groenlandia, por lo que no puede establecerse ninguna base convencional para el permiso: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Guadalupe | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Guam | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción (a través de Estados Unidos de América — aplicación territorial) [1] |
| Guatemala | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Guayana Francesa | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Guernsey | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar (a través de Reino Unido — aplicación territorial) [1] |
| Guinea | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Guinea-Bisáu | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Guinea Ecuatorial | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Guyana | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Haití | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Honduras | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Hong Kong | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción (1949 Geneva continued application to Hong Kong SAR; HK issues 1949 IDPs) [1] |
| Hungría | Permiso nacional válido | Su permiso de la UE/EEE | Reconocimiento mutuo UE/EEE |
| India | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Indonesia | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Irak | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Irán | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Irlanda | Permiso nacional válido | Su permiso de la UE/EEE | Reconocimiento mutuo UE/EEE |
| Isla de Mayotte | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar (a través de Francia — aplicación territorial) [1] |
| Islandia | Permiso nacional válido | Su permiso de la UE/EEE | Reconocimiento mutuo UE/EEE |
| Islas Caimán | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción (a través de Reino Unido — aplicación territorial) [1] |
| Islas Cook | No establecido | No podemos confirmar una base convencional para un permiso de Islas Cook: consulte a la autoridad de expedición de permisos de Rumanía antes de viajar | No hemos podido confirmar ninguna ratificación, adhesión ni extensión territorial que cubra a Islas Cook, por lo que no puede establecerse ninguna base convencional para el permiso: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Islas Feroe | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción (a través de Dinamarca — aplicación territorial) [1] |
| Islas Malvinas | No establecido | No podemos confirmar una base convencional para un permiso de Islas Malvinas: consulte a la autoridad de expedición de permisos de Rumanía antes de viajar | El registro del depositario no determina si alguna convención sobre circulación vial cubre a Islas Malvinas: el país responsable de sus relaciones internacionales enumeró una por una sus extensiones territoriales de la Convención de 1949 sin nombrar a Islas Malvinas, pero comunicó aparte al depositario que la Convención de 1949 sigue en vigor para sus dependencias de la Corona y territorios de ultramar. No puede establecerse ninguna base convencional para el permiso en ningún sentido: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Islas Marianas del Norte | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción (a través de Estados Unidos de América — aplicación territorial) [1] |
| Islas Marshall | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Islas Salomón | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Islas Tokelau | No establecido | No podemos confirmar una base convencional para un permiso de Islas Tokelau: consulte a la autoridad de expedición de permisos de Rumanía antes de viajar | No hemos podido confirmar ninguna ratificación, adhesión ni extensión territorial que cubra a Islas Tokelau, por lo que no puede establecerse ninguna base convencional para el permiso: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Islas Turcas y Caicos | No establecido | No podemos confirmar una base convencional para un permiso de Islas Turcas y Caicos: consulte a la autoridad de expedición de permisos de Rumanía antes de viajar | El registro del depositario no determina si alguna convención sobre circulación vial cubre a Islas Turcas y Caicos: el país responsable de sus relaciones internacionales enumeró una por una sus extensiones territoriales de la Convención de 1949 sin nombrar a Islas Turcas y Caicos, pero comunicó aparte al depositario que la Convención de 1949 sigue en vigor para sus dependencias de la Corona y territorios de ultramar. No puede establecerse ninguna base convencional para el permiso en ningún sentido: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Islas Vírgenes Británicas | No establecido | No podemos confirmar una base convencional para un permiso de Islas Vírgenes Británicas: consulte a la autoridad de expedición de permisos de Rumanía antes de viajar | El registro del depositario no determina si alguna convención sobre circulación vial cubre a Islas Vírgenes Británicas: el país responsable de sus relaciones internacionales enumeró una por una sus extensiones territoriales de la Convención de 1949 sin nombrar a Islas Vírgenes Británicas, pero comunicó aparte al depositario que la Convención de 1949 sigue en vigor para sus dependencias de la Corona y territorios de ultramar. No puede establecerse ninguna base convencional para el permiso en ningún sentido: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Islas Vírgenes de EE. UU. | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción (a través de Estados Unidos de América — aplicación territorial) [1] |
| Israel | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Italia | Permiso nacional válido | Su permiso de la UE/EEE | Reconocimiento mutuo UE/EEE |
| Jamaica | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Japón | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Jersey | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar (a través de Reino Unido — aplicación territorial) [1] |
| Jordania | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Kazajistán | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Kenia | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Kirguistán | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Kiribati | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Kosovo | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Kuwait | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Laos | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Lesoto | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Letonia | Permiso nacional válido | Su permiso de la UE/EEE | Reconocimiento mutuo UE/EEE |
| Líbano | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Liberia | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Libia | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Liechtenstein | Permiso nacional válido | Su permiso de la UE/EEE | Reconocimiento mutuo UE/EEE |
| Lituania | Permiso nacional válido | Su permiso de la UE/EEE | Reconocimiento mutuo UE/EEE |
| Luxemburgo | Permiso nacional válido | Su permiso de la UE/EEE | Reconocimiento mutuo UE/EEE |
| Macao | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción (1949 continued application to Macau SAR) [1] |
| Macedonia del Norte | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Madagascar | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Malasia | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Malaui | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Maldivas | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Malí | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Malta | Permiso nacional válido | Su permiso de la UE/EEE | Reconocimiento mutuo UE/EEE |
| Marruecos | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Martinica | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Mauricio | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Mauritania | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| México | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Micronesia | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Moldavia | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Mónaco | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Mongolia | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Montenegro | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Montserrat | No establecido | No podemos confirmar una base convencional para un permiso de Montserrat: consulte a la autoridad de expedición de permisos de Rumanía antes de viajar | El registro del depositario no determina si alguna convención sobre circulación vial cubre a Montserrat: el país responsable de sus relaciones internacionales enumeró una por una sus extensiones territoriales de la Convención de 1949 sin nombrar a Montserrat, pero comunicó aparte al depositario que la Convención de 1949 sigue en vigor para sus dependencias de la Corona y territorios de ultramar. No puede establecerse ninguna base convencional para el permiso en ningún sentido: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Mozambique | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Myanmar | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Nagorno Karabaj | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Namibia | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Nauru | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Nepal | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Nicaragua | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Níger | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Nigeria | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Niue | No establecido | No podemos confirmar una base convencional para un permiso de Niue: consulte a la autoridad de expedición de permisos de Rumanía antes de viajar | No hemos podido confirmar ninguna ratificación, adhesión ni extensión territorial que cubra a Niue, por lo que no puede establecerse ninguna base convencional para el permiso: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Noruega | Permiso nacional válido | Su permiso de la UE/EEE | Reconocimiento mutuo UE/EEE |
| Nueva Caledonia | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar (a través de Francia — aplicación territorial) [1] |
| Nueva Zelanda | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Omán | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Osetia del Sur | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Países Bajos | Permiso nacional válido | Su permiso de la UE/EEE | Reconocimiento mutuo UE/EEE |
| Pakistán | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Palaos | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Palestina | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Panamá | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Papúa Nueva Guinea | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Paraguay | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Perú | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Polinesia Francesa | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar (a través de Francia — aplicación territorial) [1] |
| Polonia | Permiso nacional válido | Su permiso de la UE/EEE | Reconocimiento mutuo UE/EEE |
| Portugal | Permiso nacional válido | Su permiso de la UE/EEE | Reconocimiento mutuo UE/EEE |
| Puerto Rico | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción (a través de Estados Unidos de América — aplicación territorial) [1] |
| Reino Unido | Permiso nacional válido | Su permiso británico con fotografía | El permiso británico con fotografía se acepta en la zona de la UE (directrices de gov.uk) |
| República Centroafricana | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| República Checa | Permiso nacional válido | Su permiso de la UE/EEE | Reconocimiento mutuo UE/EEE |
| República Dominicana | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| República Eslovaca | Permiso nacional válido | Su permiso de la UE/EEE | Reconocimiento mutuo UE/EEE |
| República Saharaui | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Reunión | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Ruanda | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Sáhara Occidental | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Samoa | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Samoa Americana | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción (a través de Estados Unidos de América — aplicación territorial) [1] |
| San Cristóbal y Nieves | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| San Marino | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| San Martín | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| San Pedro y Miquelón | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar (a través de Francia — aplicación territorial) [1] |
| Santa Lucía | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Santo Tomé y Príncipe | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| San Vicente | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Senegal | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Serbia | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Seychelles | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Sierra Leona | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Singapur | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Sint Maarten | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción (a través de Países Bajos — aplicación territorial) [1] |
| Siria | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Somalia | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Somalilandia | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Sri Lanka | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Sudáfrica | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Sudán | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Sudán del Sur | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Suecia | Permiso nacional válido | Su permiso de la UE/EEE | Reconocimiento mutuo UE/EEE |
| Suiza | Permiso nacional válido | Su permiso suizo | Reconocimiento mutuo CH–UE (directrices) |
| Surinam | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Tailandia | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Taiwán | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Tanzania | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Tayikistán | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Timor Oriental | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Togo | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Tonga | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Transnistria | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Trinidad y Tobago | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Túnez | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Turkmenistán | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Turquía | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Tuvalu | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Ucrania | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Uganda | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Uruguay | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Uzbekistán | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Vanuatu | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Vaticano | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Venezuela | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Vietnam | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Wallis y Futuna | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar (a través de Francia — aplicación territorial) [1] |
| Yemen | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Yibuti | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Zambia | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Zimbabue | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
Fuentes y notas de la tabla anterior
[1] UN Treaty Collection, Multilateral Treaties Deposited with the Secretary-General — status of the 1949 Geneva Convention on Road Traffic (chapter XI-B-1) and of the 1968 Vienna Convention on Road Traffic (chapter XI-B-19) — XI-B-1, XI-B-19
El PIC debe obtenerse antes de viajar, y solo determinados países pueden expedirle uno: no se puede comprar un PIC oficial a un país sin vínculo con usted. Con arreglo a la Convención de Viena de 1968, solo puede expedirlo la Parte Contratante en cuyo territorio usted tiene su residencia normal y que expidió o reconoce su permiso de conducir, a través de la autoridad competente de esa Parte o de una asociación a la que esta haya facultado debidamente. Con arreglo a la Convención de Ginebra de 1949, lo expide la autoridad competente de un Estado Contratante, o una asociación debidamente facultada por dicha autoridad. El organismo concreto varía según el país: en unos es un organismo público; en otros, un club automovilístico autorizado.
Aparte de eso, IDA ofrece un Documento Internacional del Conductor digital: una traducción de su permiso nacional que usted lleva junto a él. No es un Permiso Internacional de Conducción expedido con arreglo a las convenciones de 1949 o 1968 por el organismo que su país autoriza a tal efecto, y tampoco es una traducción certificada, jurada ni oficial de ningún otro tipo: ninguna autoridad la certifica, y cuando un país exige por ley una traducción oficial o certificada, nuestro documento no satisface ese requisito. Es una traducción privada destinada a que su permiso nacional resulte legible en los mostradores de alquiler y en los controles de carretera.
Dos cómputos, ambos distintos de la regla del visitante. (1) Permisos: el art. 83 alin. (3) permite que los titulares de permisos expedidos por las autoridades enumeradas en el art. 83 alin. (1) —y de los permisos que Rumanía reconoce unilateralmente— que tengan su domicilio o su residencia en Rumanía los canjeen por un permiso rumano, con arreglo a las normas fijadas por orden del ministro del Interior. El canje depende de la lista y de la categoría; si el Estado expedidor no está cubierto, se exige el examen teórico y práctico rumano. El permiso internacional de conducción no puede canjearse nunca por sí mismo. (2) Vehículos: el art. 82 alin. (4) permite a la persona domiciliada o con sede en Rumanía conducir un vehículo con matrícula extranjera durante un máximo de 90 días desde su introducción en el país, transcurridos los cuales debe matricularse en Rumanía. Ninguno de los dos cómputos se aplica al visitante propiamente dicho. Fuente oficial.
Unos minutos de imágenes reales en primera persona son la forma más rápida de ganar confianza antes de conducir por primera vez en Rumanía:
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