Obtener un Permiso de Conducir Internacional (PCI) en República Democrática del Congo es sencillo si tienes una República Democrática del Congo licencia de conducir nacional válida. Para aquellos que planean visitar República Democrática del Congo, se recomienda contactar a la autoridad correspondiente en su país de origen para obtener un IDP antes de partir. Sin embargo, si ya estás viajando y no posees un IDP, puedes optar por traducir tu licencia de conducir nacional en línea. Este método ofrece una manera más rápida, conveniente y eficiente de asegurarte de que puedes conducir legalmente durante tus viajes.
El Permiso de Conducir Internacional es una traducción de la licencia de conducir nacional a muchos idiomas. Las primeras tarjetas de identificación aparecieron en 1926 después de la Convención Internacional de París relativa al Tráfico Motorizado. El Permiso de Conducir Internacional también fue influenciado por otras dos convenciones en 1949 y 1968. El Permiso de Conducir Internacional es lo mismo que la Licencia de Conducir Internacional.
Te recordamos que un IDP es válido solo con una licencia nacional válida.
¡Garantía de devolución de dinero de 7 días!
Puede devolver los documentos emitidos por la Autoridad de Conducción Internacional en cualquier momento antes de la entrega o dentro de los 7 días posteriores a la entrega del documento para obtener un reembolso completo.
Según la Convención de Viena de 1968, los Permisos Internacionales de Conducir (PCI) están autorizados para ser emitidos por gobiernos nacionales u organizaciones designadas. En la mayoría de los países, esta función la llevan a cabo asociaciones automovilísticas afiliadas a la AIT/FIA, la policía u otras entidades autorizadas. Para obtener un Permiso Internacional de Conducir en República Democrática del Congo, debes poseer una licencia local y solicitarla a las autoridades correspondientes aquí (por favor, avísanos si el enlace no funciona). El costo y el tiempo de procesamiento de un IDP varían según el país.
Si tienes una licencia nacional que no fue emitida en República Democrática del Congo, debes verificar si tu licencia te permite conducir y si necesitas un PCI. Si un PCI es necesario, la única opción es solicitar una traducción de tu licencia de conducir, disponible ya sea por entrega o en versión electrónica (confirma con la compañía de alquiler de autos si aceptan la versión electrónica), por ejemplo, a través de nuestros servicios.
Para los ciudadanos de EE. UU. que solo tienen una licencia de conducir de EE. UU., pueden obtener un PCI de la AAA, pero debe hacerse antes de viajar a República Democrática del Congo.
¿Cómo obtener un Permiso de Conducir Internacional para República Democrática del Congo?
expand_moreSi tienes una licencia de conducir local y deseas viajar en automóvil a un país donde se requiere o recomienda el PDI, debes contactar a las autoridades gubernamentales o a una asociación automovilística autorizada para emitir el PDI para República Democrática del Congo. Si eres extranjero y estás planificando tu viaje con anticipación, puedes obtener el PDI de manera similar en tu país.
¿Cómo solicitar un Permiso de Conducir Internacional?
expand_moreEl proceso de solicitud es similar en todas las organizaciones, aunque existen grandes diferencias en el tiempo de emisión del PDI y el coste según el país. Obtener el PDI con nosotros es muy fácil y rápido: completa el formulario de solicitud, adjunta una copia de tu licencia de conducir vigente, tu firma y una foto a color, y realiza el pago. Puedes solicitar tu PDI en línea aquí.
¿Necesito un Permiso de Conducir Internacional para República Democrática del Congo?
expand_moreSi tienes una licencia de conducir de uno de los 67 países que armonizaron sus licencias bajo la Convención de Viena de 1968, NO necesitas un PDI para conducir en República Democrática del Congo, ya que tu licencia será reconocida. Los conductores de otros países no incluidos en esa lista necesitan un Permiso de Conducir Internacional, a menos que exista un acuerdo entre los países.
¿Qué es un Permiso de Conducir Internacional?
expand_moreNuestro PDI es ideal para viajeros que visitan diferentes países y disfrutan del confort de conducir un coche alquilado. No se requiere examen adicional, y el permiso es válido de uno a tres años. Este documento se utiliza junto con tu licencia nacional vigente, pero no la reemplaza; es una traducción de tu licencia en tres formatos.
¿Puedo alquilar un coche con este documento?
expand_moreNormalmente sí. Sin embargo, como los requisitos varían según la región, se recomienda consultarlos directamente con las compañías de alquiler de coches.
¿Puedo contratar un seguro de coche con el PDI?
expand_moreNormalmente sí. Sin embargo, dado que los requisitos varían según la región, se recomienda contactar directamente con las aseguradoras locales.
🗓 No hemos podido verificar de forma independiente la legislación de circulación vial aplicable para el Congo (Rep. Democrática); la información aquí se basa en la guía oficial de viajes cuando está disponible. Última actualización de la investigación: . Puede copiar esta información únicamente si incluye un enlace a esta página.
⚠ Esta página ofrece información general sobre normas de tráfico, no asesoramiento jurídico. Las normas cambian y cada autoridad aplica las suyas: confirme su caso con la autoridad competente antes de conducir.
ℹ Somos una empresa privada. No somos un organismo público, ni una autoridad de expedición o de concesión de permisos, ni una organización creada por un tratado, y no estamos afiliados a ninguno de ellos, ni respaldados por ellos, ni actuamos en su nombre. El documento que vendemos, Documento Internacional del Conductor, es una traducción de su permiso de conducción nacional: no es un permiso de conducción y no es un documento expedido por una administración pública.
| Pregunta | Respuesta |
|---|---|
| Lado de la carretera | Derecha |
| Permiso Internacional de Conducción (PIC) | Se acepta para 165 de los 240 permisos de origen, 75 de los cuales no tienen norma establecida — consulte la fila correspondiente a su país de expedición, en la tabla de abajo, para ver qué admite cada uno junto a él y con qué fundamento |
| Tipos de PIC aceptados | Ambos — Ginebra 1949 (validez 1 año) y Viena 1968 (validez 3 años) |
| Convenciones de la ONU sobre circulación vial | Ginebra 1949 — sucesión 6 de marzo de 1961; Viena 1968 — adhesión 25 de julio de 1977 |
| Plazo para los visitantes | No se ha podido verificar ningún plazo legal de la RDC para conducir como visitante con un permiso extranjero — el título relativo a los permisos (Titre VII) del Code de la route de 1978 no puede consultarse en línea. |
| Edad mínima | 18 para conducir — El Art. 24 del Convenio de Ginebra de 1949 y el anexo 7 del Convenio de Viena de 1968 fijan en 18 años la edad mínima para el permiso internacional de conducción; la edad legal de la propia RDC para la categoría B no se ha verificado |
| Tasa de alcoholemia | No se ha podido verificar ninguna tasa de alcoholemia oficial vigente en la RDC — el texto del código penal/de circulación disponible en línea está truncado antes de las disposiciones pertinentes. |
| Límites de velocidad | No se ha localizado ninguna tabla nacional verificada de límites de velocidad. Cuente con límites urbanos de unos 50 km/h y más bajos en las carreteras sin asfaltar, respete las señales instaladas y tenga presente que los controles, los toques de queda y los cortes de carreteras marcarán su ritmo más que cualquier límite. |
| Número de emergencias | No existe ningún número general de emergencias médicas, ni en Kinshasa ni en el resto de la RDC. En Kinshasa: policía, 112; bomberos, 118. Ante una emergencia médica que requiera ambulancia, debe ponerse en contacto directamente con un hospital para solicitarla. Fuera de las principales ciudades, la respuesta ante emergencias es mínima; viaje con un seguro de evacuación médica. |
La RDC es parte contratante de ambos convenios sobre circulación por carretera — el Convenio de Ginebra de 1949 (sucesión el 6 de marzo de 1961) y el Convenio de Viena de 1968 (adhesión el 25 de julio de 1977) —, por lo que, a primera vista, los dos modelos de IDP son aceptables; el FCDO británico indica específicamente a los viajeros del Reino Unido: «Necesitará un permiso internacional de conducción (IDP) de 1968 para conducir en la RDC». Frente a ello, la página de información práctica de France Diplomatie afirma que los permisos de conducción franceses e internacionales no son válidos allí («Les permis de conduire français ou internationaux ne sont pas valables») y que los ciudadanos extranjeros deben obtener un permiso de la RDC («Les ressortissants étrangers doivent obtenir un permis de conduire en RDC»), y remite a los extranjeros a la CONADEP. La página francesa corresponde a la sección práctica para quienes viven en el país y describe una vía de solicitud propia de residentes (oficinas cerca del aeropuerto de Ndolo, solicitud por teléfono); no hace ninguna excepción con los visitantes de corta estancia, de modo que el conflicto es real y sigue sin resolverse. Lectura práctica: para una visita corta, lleve pasaporte + permiso nacional + un IDP del modelo que corresponda (1949 o 1968, según el país que haya expedido su permiso); si va a instalarse, trabajar o conducir con regularidad en la RDC, acuda a la CONADEP. No dé por hecho que un IDP zanjará una discusión en un control.
No se ha verificado ninguna sanción específica para conducir sin el documento exigido a partir de una fuente autorizada. Base de datos jurídica no oficial.
En Congo (Rep. Democrática) se conduce por la derecha y se adelanta por la izquierda. Los coches en el Congo (Rep. Democrática) llevan el volante a la izquierda.
No se ha podido verificar ningún plazo legal de la RDC para conducir como visitante con un permiso extranjero — el título relativo a los permisos (Titre VII) del Code de la route de 1978 no puede consultarse en línea. En la práctica, el límite máximo lo marca lo que venza antes: la propia validez del IDP (un año desde su expedición, tanto según el Convenio de 1949 como según el de 1968) o la duración de su estancia autorizada. Quien fije su residencia o conduzca con regularidad debe considerar que lo exigido es el permiso de la RDC que expide la CONADEP, en lugar de ir contando días. (Convenio de Ginebra de 1949, Art. 24; Convenio de Viena de 1968, anexo 7 (validez del IDP de un año); no se ha localizado el plazo legal de la RDC)
¿Piensa mudarse al Congo (Rep. Democrática)? Una vez que sea residente se aplican normas distintas: consulte la sección de residentes más abajo.
Congo (Rep. Democrática) es Parte Contratante de ambas Convenciones de las Naciones Unidas sobre Circulación Vial: la Convención de Ginebra de 19 de septiembre de 1949 y la Convención de Viena de 8 de noviembre de 1968. Por ello se expiden Permisos Internacionales de Conducción tanto del tipo 1949 como del tipo 1968 al amparo de su marco; los tipos que Congo (Rep. Democrática) acepta de los visitantes se indican en la tabla anterior.
Que un país extranjero acepte su permiso de conducción depende de una maraña de variables: tres convenciones distintas de la ONU sobre circulación vial (1926, 1949, 1968), países en fases distintas de adhesión a cada una (firmada, aceptada o ratificada), permisos impresos en alfabetos que la policía local no sabe leer, sistemas de categorías de vehículos que no encajan entre países, generaciones de documentos que pueden no cumplir el formato de una convención aunque el país sea miembro, acuerdos bilaterales entre Estados concretos y leyes locales más laxas en un sitio y más estrictas en el siguiente. El mismo permiso puede servir en una frontera y ser rechazado en la siguiente, incluso en el siguiente mostrador de alquiler. El Permiso Internacional de Conducción existe precisamente para zanjar todo eso: una presentación normalizada y multilingüe de su permiso actual, con símbolos de categoría armonizados, que las autoridades de cualquier país pueden leer de un vistazo. No sustituye a su permiso nacional ni otorga nuevos derechos —usted lleva ambos—, solo evita que el resultado dependa del azar.
Esta tabla está dirigida a turistas y visitantes temporales. ¿Se traslada al Congo (Rep. Democrática) como residente? Se aplican normas distintas: consulte la sección de residentes más abajo. Busque a continuación el país de expedición de su permiso. La RDC es parte contratante de ambos convenios sobre circulación por carretera — el Convenio de Ginebra de 1949 y el Convenio de Viena de 1968 — y su Code de la route de 1978 recoge en sus anexos el «permis international de conduire» del modelo de los convenios, de modo que el permiso nacional acompañado de un permiso internacional de conducción del modelo correspondiente es el instrumento normal para una visita corta; el FCDO británico dice sin rodeos a los viajeros que necesitan un IDP de 1968. France Diplomatie adopta una postura más estricta: afirma que los permisos extranjeros e internacionales no son válidos y que los ciudadanos extranjeros deben solicitar a la CONADEP un permiso de la RDC — el requisito realista para cualquiera que viva en la RDC o conduzca allí con regularidad. Como la propia normativa de la RDC sobre permisos no está publicada en una forma que permita consultarla, tome esta tabla como la base que fijan los convenios y no como una norma legal definitiva: lleve pasaporte, permiso nacional y un IDP del modelo correspondiente, cuente con que los agentes de los controles apliquen su propia interpretación y acuda a la CONADEP en cuanto deje de ser un visitante de corta estancia. En la práctica, la mayoría de los visitantes nunca se enfrenta a esa cuestión — en Kinshasa, la inmensa mayoría de los alquileres de coches incluyen conductor. Las normas cambian: confírmelas en fuentes oficiales antes de viajar. Última verificación: julio de 2026.
Leyenda: "1949" — Convención de Ginebra sobre Circulación por Carretera (PIC válido hasta 1 año); "1968" — Convención de Viena (PIC válido hasta 3 años).
Qué significa la columna «Situación» en esta página:
| País del permiso | Situación | Qué debe llevar | Motivo |
|---|---|---|---|
| Abjasia | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Afganistán | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Albania | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Alemania | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Andorra | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Angola | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Antigua y Barbuda | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Arabia Saudí | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Argelia | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Argentina | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Armenia | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Aruba | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción (a través de Países Bajos — aplicación territorial) [1] |
| Australia | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Austria | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Azad Cachemira | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Azerbaiyán | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Bahamas | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Bangladés | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Barbados | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Baréin | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Bélgica | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Belice | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Benín | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Bermudas | No establecido | No podemos confirmar una base convencional para un permiso de Bermudas: consulte a la autoridad de expedición de permisos de Congo (Rep. Democrática) antes de viajar | El registro del depositario no determina si alguna convención sobre circulación vial cubre a Bermudas: el país responsable de sus relaciones internacionales enumeró una por una sus extensiones territoriales de la Convención de 1949 sin nombrar a Bermudas, pero comunicó aparte al depositario que la Convención de 1949 sigue en vigor para sus dependencias de la Corona y territorios de ultramar. No puede establecerse ninguna base convencional para el permiso en ningún sentido: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Bielorrusia | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Bolivia | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Bosnia y Herzegovina | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Botsuana | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Brasil | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Brunéi | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Bulgaria | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Burkina Faso | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Burundi | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Bután | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Cabo Verde | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Camboya | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Camerún | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Canadá | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Caribe Neerlandés | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción (a través de Países Bajos — aplicación territorial) [1] |
| Catar | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Chad | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Chile | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| China | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Chipre | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Chipre del Norte | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Colombia | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Comoras | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Congo (Brazzaville) | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Corea del Norte | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Corea del Sur | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Costa de Marfil | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Costa Rica | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Croacia | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Cuba | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Curazao | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción (a través de Países Bajos — aplicación territorial) [1] |
| Dinamarca | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Dominica | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Ecuador | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Egipto | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| El Salvador | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Emiratos Árabes Unidos | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Eritrea | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Eslovenia | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| España | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Estados Unidos de América | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Estonia | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Esuatini | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Etiopía | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Federación Rusa | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Filipinas | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Finlandia | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Fiyi | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Francia | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Gabón | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Gambia | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Georgia | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Ghana | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Gibraltar | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar (a través de Reino Unido — aplicación territorial) [1] |
| Granada | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Grecia | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Groenlandia | No establecido | No podemos confirmar una base convencional para un permiso de Groenlandia: consulte a la autoridad de expedición de permisos de Congo (Rep. Democrática) antes de viajar | No hemos podido confirmar ninguna ratificación, adhesión ni extensión territorial que cubra a Groenlandia, por lo que no puede establecerse ninguna base convencional para el permiso: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Guadalupe | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Guam | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción (a través de Estados Unidos de América — aplicación territorial) [1] |
| Guatemala | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Guayana Francesa | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Guernsey | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar (a través de Reino Unido — aplicación territorial) [1] |
| Guinea | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Guinea-Bisáu | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Guinea Ecuatorial | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Guyana | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Haití | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Honduras | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Hong Kong | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción (1949 Geneva continued application to Hong Kong SAR; HK issues 1949 IDPs) [1] |
| Hungría | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| India | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Indonesia | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Irak | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Irán | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Irlanda | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Isla de Mayotte | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar (a través de Francia — aplicación territorial) [1] |
| Islandia | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Islas Caimán | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción (a través de Reino Unido — aplicación territorial) [1] |
| Islas Cook | No establecido | No podemos confirmar una base convencional para un permiso de Islas Cook: consulte a la autoridad de expedición de permisos de Congo (Rep. Democrática) antes de viajar | No hemos podido confirmar ninguna ratificación, adhesión ni extensión territorial que cubra a Islas Cook, por lo que no puede establecerse ninguna base convencional para el permiso: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Islas Feroe | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción (a través de Dinamarca — aplicación territorial) [1] |
| Islas Malvinas | No establecido | No podemos confirmar una base convencional para un permiso de Islas Malvinas: consulte a la autoridad de expedición de permisos de Congo (Rep. Democrática) antes de viajar | El registro del depositario no determina si alguna convención sobre circulación vial cubre a Islas Malvinas: el país responsable de sus relaciones internacionales enumeró una por una sus extensiones territoriales de la Convención de 1949 sin nombrar a Islas Malvinas, pero comunicó aparte al depositario que la Convención de 1949 sigue en vigor para sus dependencias de la Corona y territorios de ultramar. No puede establecerse ninguna base convencional para el permiso en ningún sentido: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Islas Marianas del Norte | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción (a través de Estados Unidos de América — aplicación territorial) [1] |
| Islas Marshall | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Islas Salomón | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Islas Tokelau | No establecido | No podemos confirmar una base convencional para un permiso de Islas Tokelau: consulte a la autoridad de expedición de permisos de Congo (Rep. Democrática) antes de viajar | No hemos podido confirmar ninguna ratificación, adhesión ni extensión territorial que cubra a Islas Tokelau, por lo que no puede establecerse ninguna base convencional para el permiso: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Islas Turcas y Caicos | No establecido | No podemos confirmar una base convencional para un permiso de Islas Turcas y Caicos: consulte a la autoridad de expedición de permisos de Congo (Rep. Democrática) antes de viajar | El registro del depositario no determina si alguna convención sobre circulación vial cubre a Islas Turcas y Caicos: el país responsable de sus relaciones internacionales enumeró una por una sus extensiones territoriales de la Convención de 1949 sin nombrar a Islas Turcas y Caicos, pero comunicó aparte al depositario que la Convención de 1949 sigue en vigor para sus dependencias de la Corona y territorios de ultramar. No puede establecerse ninguna base convencional para el permiso en ningún sentido: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Islas Vírgenes Británicas | No establecido | No podemos confirmar una base convencional para un permiso de Islas Vírgenes Británicas: consulte a la autoridad de expedición de permisos de Congo (Rep. Democrática) antes de viajar | El registro del depositario no determina si alguna convención sobre circulación vial cubre a Islas Vírgenes Británicas: el país responsable de sus relaciones internacionales enumeró una por una sus extensiones territoriales de la Convención de 1949 sin nombrar a Islas Vírgenes Británicas, pero comunicó aparte al depositario que la Convención de 1949 sigue en vigor para sus dependencias de la Corona y territorios de ultramar. No puede establecerse ninguna base convencional para el permiso en ningún sentido: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Islas Vírgenes de EE. UU. | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción (a través de Estados Unidos de América — aplicación territorial) [1] |
| Israel | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Italia | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Jamaica | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Japón | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Jersey | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar (a través de Reino Unido — aplicación territorial) [1] |
| Jordania | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Kazajistán | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Kenia | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Kirguistán | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Kiribati | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Kosovo | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Kuwait | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Laos | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Lesoto | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Letonia | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Líbano | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Liberia | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Libia | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Liechtenstein | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Lituania | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Luxemburgo | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Macao | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción (1949 continued application to Macau SAR) [1] |
| Macedonia del Norte | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Madagascar | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Malasia | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Malaui | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Maldivas | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Malí | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Malta | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Marruecos | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Martinica | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Mauricio | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Mauritania | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| México | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Micronesia | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Moldavia | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Mónaco | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Mongolia | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Montenegro | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Montserrat | No establecido | No podemos confirmar una base convencional para un permiso de Montserrat: consulte a la autoridad de expedición de permisos de Congo (Rep. Democrática) antes de viajar | El registro del depositario no determina si alguna convención sobre circulación vial cubre a Montserrat: el país responsable de sus relaciones internacionales enumeró una por una sus extensiones territoriales de la Convención de 1949 sin nombrar a Montserrat, pero comunicó aparte al depositario que la Convención de 1949 sigue en vigor para sus dependencias de la Corona y territorios de ultramar. No puede establecerse ninguna base convencional para el permiso en ningún sentido: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Mozambique | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Myanmar | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Nagorno Karabaj | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Namibia | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Nauru | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Nepal | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Nicaragua | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Níger | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Nigeria | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Niue | No establecido | No podemos confirmar una base convencional para un permiso de Niue: consulte a la autoridad de expedición de permisos de Congo (Rep. Democrática) antes de viajar | No hemos podido confirmar ninguna ratificación, adhesión ni extensión territorial que cubra a Niue, por lo que no puede establecerse ninguna base convencional para el permiso: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Noruega | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Nueva Caledonia | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar (a través de Francia — aplicación territorial) [1] |
| Nueva Zelanda | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Omán | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Osetia del Sur | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Países Bajos | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Pakistán | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Palaos | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Palestina | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Panamá | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Papúa Nueva Guinea | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Paraguay | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Perú | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Polinesia Francesa | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar (a través de Francia — aplicación territorial) [1] |
| Polonia | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Portugal | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Puerto Rico | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción (a través de Estados Unidos de América — aplicación territorial) [1] |
| Reino Unido | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| República Centroafricana | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| República Checa | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| República Dominicana | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| República Eslovaca | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| República Saharaui | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Reunión | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Ruanda | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Rumanía | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Sáhara Occidental | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Samoa | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Samoa Americana | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción (a través de Estados Unidos de América — aplicación territorial) [1] |
| San Cristóbal y Nieves | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| San Marino | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| San Martín | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| San Pedro y Miquelón | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar (a través de Francia — aplicación territorial) [1] |
| Santa Lucía | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Santo Tomé y Príncipe | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| San Vicente | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Senegal | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Serbia | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Seychelles | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Sierra Leona | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Singapur | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Sint Maarten | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción (a través de Países Bajos — aplicación territorial) [1] |
| Siria | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Somalia | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Somalilandia | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Sri Lanka | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Sudáfrica | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Sudán | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Sudán del Sur | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Suecia | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Suiza | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Surinam | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Tailandia | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Taiwán | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Tanzania | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Tayikistán | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Timor Oriental | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Togo | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Tonga | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Transnistria | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Trinidad y Tobago | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Túnez | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Turkmenistán | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Turquía | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Tuvalu | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Ucrania | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Uganda | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Uruguay | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Uzbekistán | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Vanuatu | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Vaticano | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Venezuela | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Vietnam | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Wallis y Futuna | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar (a través de Francia — aplicación territorial) [1] |
| Yemen | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Yibuti | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Zambia | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Zimbabue | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
Fuentes y notas de la tabla anterior
[1] UN Treaty Collection, Multilateral Treaties Deposited with the Secretary-General — status of the 1949 Geneva Convention on Road Traffic (chapter XI-B-1) and of the 1968 Vienna Convention on Road Traffic (chapter XI-B-19) — XI-B-1, XI-B-19
El PIC debe obtenerse antes de viajar, y solo determinados países pueden expedirle uno: no se puede comprar un PIC oficial a un país sin vínculo con usted. Con arreglo a la Convención de Viena de 1968, solo puede expedirlo la Parte Contratante en cuyo territorio usted tiene su residencia normal y que expidió o reconoce su permiso de conducir, a través de la autoridad competente de esa Parte o de una asociación a la que esta haya facultado debidamente. Con arreglo a la Convención de Ginebra de 1949, lo expide la autoridad competente de un Estado Contratante, o una asociación debidamente facultada por dicha autoridad. El organismo concreto varía según el país: en unos es un organismo público; en otros, un club automovilístico autorizado.
Aparte de eso, IDA ofrece un Documento Internacional del Conductor digital: una traducción de su permiso nacional que usted lleva junto a él. No es un Permiso Internacional de Conducción expedido con arreglo a las convenciones de 1949 o 1968 por el organismo que su país autoriza a tal efecto, y tampoco es una traducción certificada, jurada ni oficial de ningún otro tipo: ninguna autoridad la certifica, y cuando un país exige por ley una traducción oficial o certificada, nuestro documento no satisface ese requisito. Es una traducción privada destinada a que su permiso nacional resulte legible en los mostradores de alquiler y en los controles de carretera.
Se espera que los ciudadanos extranjeros que viven en la RDC tengan un permiso de la RDC expedido por la CONADEP (Commission nationale de délivrance des permis), y no que conduzcan indefinidamente con su permiso nacional o con un IDP. France Diplomatie formula el requisito de forma tajante para los «ressortissants étrangers». Este es el cómputo que corresponde a la residencia y es independiente de la vía del IDP para visitas cortas descrita más arriba — no interprete el requisito de la CONADEP como prueba de que un turista con IDP incumple la ley, ni interprete la vía del IDP para turistas como aplicable a un residente. Recomendaciones de viaje de un gobierno extranjero.
Unos minutos de imágenes reales en primera persona son la forma más rápida de ganar confianza antes de conducir por primera vez en el Congo (Rep. Democrática):
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