Obtener un Permiso de Conducir Internacional (PCI) en Reunión es sencillo si tienes una Reunión licencia de conducir nacional válida. Para aquellos que planean visitar Reunión, se recomienda contactar a la autoridad correspondiente en su país de origen para obtener un IDP antes de partir. Sin embargo, si ya estás viajando y no posees un IDP, puedes optar por traducir tu licencia de conducir nacional en línea. Este método ofrece una manera más rápida, conveniente y eficiente de asegurarte de que puedes conducir legalmente durante tus viajes.
El Permiso de Conducir Internacional es una traducción de la licencia de conducir nacional a muchos idiomas. Las primeras tarjetas de identificación aparecieron en 1926 después de la Convención Internacional de París relativa al Tráfico Motorizado. El Permiso de Conducir Internacional también fue influenciado por otras dos convenciones en 1949 y 1968. El Permiso de Conducir Internacional es lo mismo que la Licencia de Conducir Internacional.
Te recordamos que un IDP es válido solo con una licencia nacional válida.
¡Garantía de devolución de dinero de 7 días!
Puede devolver los documentos emitidos por la Autoridad de Conducción Internacional en cualquier momento antes de la entrega o dentro de los 7 días posteriores a la entrega del documento para obtener un reembolso completo.
Según la Convención de Viena de 1968, los Permisos Internacionales de Conducir (PCI) están autorizados para ser emitidos por gobiernos nacionales u organizaciones designadas. En la mayoría de los países, esta función la llevan a cabo asociaciones automovilísticas afiliadas a la AIT/FIA, la policía u otras entidades autorizadas. Para obtener un Permiso Internacional de Conducir en Reunión, debes poseer una licencia local y solicitarla a las autoridades correspondientes aquí (por favor, avísanos si el enlace no funciona). El costo y el tiempo de procesamiento de un IDP varían según el país.
Si tienes una licencia nacional que no fue emitida en Reunión, debes verificar si tu licencia te permite conducir y si necesitas un PCI. Si un PCI es necesario, la única opción es solicitar una traducción de tu licencia de conducir, disponible ya sea por entrega o en versión electrónica (confirma con la compañía de alquiler de autos si aceptan la versión electrónica), por ejemplo, a través de nuestros servicios.
Para los ciudadanos de EE. UU. que solo tienen una licencia de conducir de EE. UU., pueden obtener un PCI de la AAA, pero debe hacerse antes de viajar a Reunión.
¿Cómo obtener un Permiso de Conducir Internacional para Reunión?
expand_moreSi tienes una licencia de conducir local y deseas viajar en automóvil a un país donde se requiere o recomienda el PDI, debes contactar a las autoridades gubernamentales o a una asociación automovilística autorizada para emitir el PDI para Reunión. Si eres extranjero y estás planificando tu viaje con anticipación, puedes obtener el PDI de manera similar en tu país.
¿Cómo solicitar un Permiso de Conducir Internacional?
expand_moreEl proceso de solicitud es similar en todas las organizaciones, aunque existen grandes diferencias en el tiempo de emisión del PDI y el coste según el país. Obtener el PDI con nosotros es muy fácil y rápido: completa el formulario de solicitud, adjunta una copia de tu licencia de conducir vigente, tu firma y una foto a color, y realiza el pago. Puedes solicitar tu PDI en línea aquí.
¿Necesito un Permiso de Conducir Internacional para Reunión?
expand_moreReunión no ha armonizado sus licencias de conducir según la Convención de Viena de 1968. Los conductores de otros países necesitan un Permiso de Conducir Internacional, salvo que exista un acuerdo bilateral para el reconocimiento de licencias.
¿Qué es un Permiso de Conducir Internacional?
expand_moreNuestro PDI es ideal para viajeros que visitan diferentes países y disfrutan del confort de conducir un coche alquilado. No se requiere examen adicional, y el permiso es válido de uno a tres años. Este documento se utiliza junto con tu licencia nacional vigente, pero no la reemplaza; es una traducción de tu licencia en tres formatos.
¿Puedo alquilar un coche con este documento?
expand_moreNormalmente sí. Sin embargo, como los requisitos varían según la región, se recomienda consultarlos directamente con las compañías de alquiler de coches.
¿Puedo contratar un seguro de coche con el PDI?
expand_moreNormalmente sí. Sin embargo, dado que los requisitos varían según la región, se recomienda contactar directamente con las aseguradoras locales.
🗓 Datos contrastados con la legislación de circulación vial de la Reunión y con fuentes oficiales. Última actualización de la investigación: . Puede copiar esta información únicamente si incluye un enlace a esta página.
⚠ Esta página ofrece información general sobre normas de tráfico, no asesoramiento jurídico. Las normas cambian y cada autoridad aplica las suyas: confirme su caso con la autoridad competente antes de conducir.
ℹ Somos una empresa privada. No somos un organismo público, ni una autoridad de expedición o de concesión de permisos, ni una organización creada por un tratado, y no estamos afiliados a ninguno de ellos, ni respaldados por ellos, ni actuamos en su nombre. El documento que vendemos, Documento Internacional del Conductor, es una traducción de su permiso de conducción nacional: no es un permiso de conducción y no es un documento expedido por una administración pública.
| Pregunta | Respuesta |
|---|---|
| Lado de la carretera | Derecha |
| Permiso Internacional de Conducción (PIC) | Se acepta para 133 de los 240 permisos de origen, 75 de los cuales no tienen norma establecida — consulte la fila correspondiente a su país de expedición, en la tabla de abajo, para ver qué admite cada uno junto a él y con qué fundamento |
| Tipos de PIC aceptados | Ambos — Ginebra 1949 (validez 1 año) y Viena 1968 (validez 3 años) |
| Convenciones de la ONU sobre circulación vial | Ginebra 1949 — ratificación 15 de septiembre de 1950 (a través de Francia); Viena 1968 — ratificación 9 de diciembre de 1971 (a través de Francia) |
| Plazo para los visitantes | Una estancia corta de menos de 185 días (6 meses) en Francia, incluida la Reunión. |
| Permisos de la UE / EEE | Plenamente válido, sin trámite (La Reunión es una región ultraperiférica de la UE (Art. 349 TFEU) y un departamento francés; las normas de la UE/EEE sobre permisos se aplican como en la Francia metropolitana) |
| Edad mínima | 17 para conducir — Service-Public F1459 (actualizado el 1 de junio de 2026): el titular debe cumplir la condición 'have the minimum age to drive in France vehicles of the equivalent category of your licence' (es decir, tener la edad mínima exigida en Francia para conducir los vehículos de la categoría equivalente de su permiso); la página indica 17 años para la categoría B |
| Tasa de alcoholemia | El límite general de alcohol en sangre en Francia es de 0,5 g/l, reducido a 0,2 g/l para los conductores noveles o con permiso en período de prueba y para los conductores de autobús y de autocar. |
| Límites de velocidad | Circule por la derecha y respete los límites señalizados. No dé por hecho que rigen las cifras de la Francia metropolitana: las vías rápidas de la Reunión, como la Route des Tamarins y la Nouvelle Route du Littoral, tienen sus propios límites señalizados, fijados localmente, y los límites se reducen a menudo de forma temporal por el tiempo, los desprendimientos de rocas o las obras. En las zonas urbanizadas se señaliza el límite urbano estándar de Francia. Las cifras exactas de los límites de la Reunión no se publican aquí. |
| Número de emergencias | Llame al 112 para cualquier emergencia (el número paneuropeo), al 15 para asistencia médica (SAMU), al 17 para la policía o la gendarmería y al 18 para bomberos y rescate. El 114 es la línea de SMS para personas sordas o con dificultades auditivas, y el 196 comunica con el salvamento marítimo, algo pertinente en la costa expuesta de la Reunión. |
La Reunión es un departamento francés de ultramar, por lo que la legislación francesa sobre permisos de conducción se aplica en su totalidad. Para una estancia corta puede utilizarse cualquier permiso nacional extranjero válido, pero un permiso de fuera de la UE/EEE debe estar redactado en francés, o ir acompañado de un permiso internacional de conducción, o de una traducción oficial al francés. Francia es parte tanto del Convenio de Ginebra de 1949 como del de Viena de 1968, por lo que se acepta cualquiera de los dos tipos de IDP. Por tanto, el IDP no es en sí mismo un requisito legal autónomo: es una de las dos formas de cumplir la condición lingüística que impone Francia, y la otra es una traducción jurada. Los permisos británicos están expresamente exentos del requisito del IDP. Los permisos de la UE/EEE quedan totalmente fuera de esta norma.
No se ha verificado ninguna sanción específica para conducir sin el documento exigido a partir de una fuente autorizada. Fuente oficial.
En Reunión se conduce por la derecha y se adelanta por la izquierda. Los coches en la Reunión llevan el volante a la izquierda.
Una estancia corta de menos de 185 días (6 meses) en Francia, incluida la Reunión. Más allá de 185 días se considera que usted ha adquirido la residencia normal en Francia y se aplican las normas para residentes, no las de los visitantes. El permiso debe seguir siendo válido durante toda la estancia y deben respetarse las restricciones médicas que figuren en él. (Service-Public F1459, 'Conduire en France avec un permis étranger pendant un court séjour ou la durée des études' (es decir, conducir en Francia con un permiso extranjero durante una estancia corta o mientras duren los estudios; actualizado el 1 de junio de 2026))
¿Piensa mudarse a la Reunión? Una vez que sea residente se aplican normas distintas: consulte la sección de residentes más abajo.
Reunión es Parte Contratante de ambas Convenciones de las Naciones Unidas sobre Circulación Vial: la Convención de Ginebra de 19 de septiembre de 1949 y la Convención de Viena de 8 de noviembre de 1968. Por ello se expiden Permisos Internacionales de Conducción tanto del tipo 1949 como del tipo 1968 al amparo de su marco; los tipos que Reunión acepta de los visitantes se indican en la tabla anterior.
Que un país extranjero acepte su permiso de conducción depende de una maraña de variables: tres convenciones distintas de la ONU sobre circulación vial (1926, 1949, 1968), países en fases distintas de adhesión a cada una (firmada, aceptada o ratificada), permisos impresos en alfabetos que la policía local no sabe leer, sistemas de categorías de vehículos que no encajan entre países, generaciones de documentos que pueden no cumplir el formato de una convención aunque el país sea miembro, acuerdos bilaterales entre Estados concretos y leyes locales más laxas en un sitio y más estrictas en el siguiente. El mismo permiso puede servir en una frontera y ser rechazado en la siguiente, incluso en el siguiente mostrador de alquiler. El Permiso Internacional de Conducción existe precisamente para zanjar todo eso: una presentación normalizada y multilingüe de su permiso actual, con símbolos de categoría armonizados, que las autoridades de cualquier país pueden leer de un vistazo. No sustituye a su permiso nacional ni otorga nuevos derechos —usted lleva ambos—, solo evita que el resultado dependa del azar.
Esta tabla está dirigida a turistas y visitantes temporales. ¿Se traslada a la Reunión como residente? Se aplican normas distintas: consulte la sección de residentes más abajo. Busque a continuación el país de expedición de su permiso. La Reunión es un departamento francés de ultramar y una región ultraperiférica de la UE, por lo que la legislación francesa sobre permisos de conducción se aplica sin cambios. Puede utilizarse cualquier permiso nacional extranjero válido durante una estancia corta de menos de 185 días (6 meses). Los permisos de la UE y del EEE se aceptan tal como están. Un permiso de cualquier otra procedencia debe estar redactado en francés, o ir acompañado de un permiso internacional de conducción (modelo de 1949 o de 1968), o de una traducción oficial al francés realizada por un traductor jurado o por una embajada y legalizada o apostillada si se ha hecho en el extranjero; los permisos británicos están exentos del requisito del IDP. Si permanece 185 días o más, adquiere la residencia normal y, a partir de ese momento, se aplica un régimen de canje para residentes distinto y mucho más estricto. Las normas cambian: confírmelas en fuentes oficiales antes de viajar. Última verificación: julio de 2026.
Leyenda: "1949" — Convención de Ginebra sobre Circulación por Carretera (PIC válido hasta 1 año); "1968" — Convención de Viena (PIC válido hasta 3 años).
Qué significa la columna «Situación» en esta página:
| País del permiso | Situación | Qué debe llevar | Motivo |
|---|---|---|---|
| Abjasia | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Afganistán | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Albania | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Alemania | Permiso nacional válido | Su permiso de la UE/EEE | Reconocimiento mutuo UE/EEE |
| Andorra | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Angola | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Antigua y Barbuda | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Arabia Saudí | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Argelia | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Argentina | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Armenia | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Aruba | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción (a través de Países Bajos — aplicación territorial) [1] |
| Australia | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Austria | Permiso nacional válido | Su permiso de la UE/EEE | Reconocimiento mutuo UE/EEE |
| Azad Cachemira | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Azerbaiyán | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Bahamas | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Bangladés | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Barbados | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Baréin | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Bélgica | Permiso nacional válido | Su permiso de la UE/EEE | Reconocimiento mutuo UE/EEE |
| Belice | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Benín | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Bermudas | No establecido | No podemos confirmar una base convencional para un permiso de Bermudas: consulte a la autoridad de expedición de permisos de Reunión antes de viajar | El registro del depositario no determina si alguna convención sobre circulación vial cubre a Bermudas: el país responsable de sus relaciones internacionales enumeró una por una sus extensiones territoriales de la Convención de 1949 sin nombrar a Bermudas, pero comunicó aparte al depositario que la Convención de 1949 sigue en vigor para sus dependencias de la Corona y territorios de ultramar. No puede establecerse ninguna base convencional para el permiso en ningún sentido: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Bielorrusia | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Bolivia | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Bosnia y Herzegovina | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Botsuana | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Brasil | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Brunéi | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Bulgaria | Permiso nacional válido | Su permiso de la UE/EEE | Reconocimiento mutuo UE/EEE |
| Burkina Faso | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Burundi | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Bután | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Cabo Verde | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Camboya | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Camerún | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Canadá | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Caribe Neerlandés | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción (a través de Países Bajos — aplicación territorial) [1] |
| Catar | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Chad | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Chile | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| China | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Chipre | Permiso nacional válido | Su permiso de la UE/EEE | Reconocimiento mutuo UE/EEE |
| Chipre del Norte | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Colombia | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Comoras | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Congo (Brazzaville) | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Congo (Rep. Democrática) | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Corea del Norte | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Corea del Sur | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Costa de Marfil | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Costa Rica | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Croacia | Permiso nacional válido | Su permiso de la UE/EEE | Reconocimiento mutuo UE/EEE |
| Cuba | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Curazao | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción (a través de Países Bajos — aplicación territorial) [1] |
| Dinamarca | Permiso nacional válido | Su permiso de la UE/EEE | Reconocimiento mutuo UE/EEE |
| Dominica | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Ecuador | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Egipto | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| El Salvador | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Emiratos Árabes Unidos | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Eritrea | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Eslovenia | Permiso nacional válido | Su permiso de la UE/EEE | Reconocimiento mutuo UE/EEE |
| España | Permiso nacional válido | Su permiso de la UE/EEE | Reconocimiento mutuo UE/EEE |
| Estados Unidos de América | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Estonia | Permiso nacional válido | Su permiso de la UE/EEE | Reconocimiento mutuo UE/EEE |
| Esuatini | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Etiopía | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Federación Rusa | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Filipinas | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Finlandia | Permiso nacional válido | Su permiso de la UE/EEE | Reconocimiento mutuo UE/EEE |
| Fiyi | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Francia | Permiso nacional válido | Su permiso de la UE/EEE | Reconocimiento mutuo UE/EEE |
| Gabón | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Gambia | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Georgia | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Ghana | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Gibraltar | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar (a través de Reino Unido — aplicación territorial) [1] |
| Granada | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Grecia | Permiso nacional válido | Su permiso de la UE/EEE | Reconocimiento mutuo UE/EEE |
| Groenlandia | No establecido | No podemos confirmar una base convencional para un permiso de Groenlandia: consulte a la autoridad de expedición de permisos de Reunión antes de viajar | No hemos podido confirmar ninguna ratificación, adhesión ni extensión territorial que cubra a Groenlandia, por lo que no puede establecerse ninguna base convencional para el permiso: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Guadalupe | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Guam | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción (a través de Estados Unidos de América — aplicación territorial) [1] |
| Guatemala | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Guayana Francesa | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Guernsey | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar (a través de Reino Unido — aplicación territorial) [1] |
| Guinea | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Guinea-Bisáu | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Guinea Ecuatorial | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Guyana | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Haití | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Honduras | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Hong Kong | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción (1949 Geneva continued application to Hong Kong SAR; HK issues 1949 IDPs) [1] |
| Hungría | Permiso nacional válido | Su permiso de la UE/EEE | Reconocimiento mutuo UE/EEE |
| India | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Indonesia | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Irak | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Irán | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Irlanda | Permiso nacional válido | Su permiso de la UE/EEE | Reconocimiento mutuo UE/EEE |
| Isla de Mayotte | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar (a través de Francia — aplicación territorial) [1] |
| Islandia | Permiso nacional válido | Su permiso de la UE/EEE | Reconocimiento mutuo UE/EEE |
| Islas Caimán | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción (a través de Reino Unido — aplicación territorial) [1] |
| Islas Cook | No establecido | No podemos confirmar una base convencional para un permiso de Islas Cook: consulte a la autoridad de expedición de permisos de Reunión antes de viajar | No hemos podido confirmar ninguna ratificación, adhesión ni extensión territorial que cubra a Islas Cook, por lo que no puede establecerse ninguna base convencional para el permiso: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Islas Feroe | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción (a través de Dinamarca — aplicación territorial) [1] |
| Islas Malvinas | No establecido | No podemos confirmar una base convencional para un permiso de Islas Malvinas: consulte a la autoridad de expedición de permisos de Reunión antes de viajar | El registro del depositario no determina si alguna convención sobre circulación vial cubre a Islas Malvinas: el país responsable de sus relaciones internacionales enumeró una por una sus extensiones territoriales de la Convención de 1949 sin nombrar a Islas Malvinas, pero comunicó aparte al depositario que la Convención de 1949 sigue en vigor para sus dependencias de la Corona y territorios de ultramar. No puede establecerse ninguna base convencional para el permiso en ningún sentido: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Islas Marianas del Norte | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción (a través de Estados Unidos de América — aplicación territorial) [1] |
| Islas Marshall | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Islas Salomón | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Islas Tokelau | No establecido | No podemos confirmar una base convencional para un permiso de Islas Tokelau: consulte a la autoridad de expedición de permisos de Reunión antes de viajar | No hemos podido confirmar ninguna ratificación, adhesión ni extensión territorial que cubra a Islas Tokelau, por lo que no puede establecerse ninguna base convencional para el permiso: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Islas Turcas y Caicos | No establecido | No podemos confirmar una base convencional para un permiso de Islas Turcas y Caicos: consulte a la autoridad de expedición de permisos de Reunión antes de viajar | El registro del depositario no determina si alguna convención sobre circulación vial cubre a Islas Turcas y Caicos: el país responsable de sus relaciones internacionales enumeró una por una sus extensiones territoriales de la Convención de 1949 sin nombrar a Islas Turcas y Caicos, pero comunicó aparte al depositario que la Convención de 1949 sigue en vigor para sus dependencias de la Corona y territorios de ultramar. No puede establecerse ninguna base convencional para el permiso en ningún sentido: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Islas Vírgenes Británicas | No establecido | No podemos confirmar una base convencional para un permiso de Islas Vírgenes Británicas: consulte a la autoridad de expedición de permisos de Reunión antes de viajar | El registro del depositario no determina si alguna convención sobre circulación vial cubre a Islas Vírgenes Británicas: el país responsable de sus relaciones internacionales enumeró una por una sus extensiones territoriales de la Convención de 1949 sin nombrar a Islas Vírgenes Británicas, pero comunicó aparte al depositario que la Convención de 1949 sigue en vigor para sus dependencias de la Corona y territorios de ultramar. No puede establecerse ninguna base convencional para el permiso en ningún sentido: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Islas Vírgenes de EE. UU. | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción (a través de Estados Unidos de América — aplicación territorial) [1] |
| Israel | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Italia | Permiso nacional válido | Su permiso de la UE/EEE | Reconocimiento mutuo UE/EEE |
| Jamaica | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Japón | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Jersey | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar (a través de Reino Unido — aplicación territorial) [1] |
| Jordania | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Kazajistán | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Kenia | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Kirguistán | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Kiribati | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Kosovo | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Kuwait | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Laos | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Lesoto | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Letonia | Permiso nacional válido | Su permiso de la UE/EEE | Reconocimiento mutuo UE/EEE |
| Líbano | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Liberia | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Libia | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Liechtenstein | Permiso nacional válido | Su permiso de la UE/EEE | Reconocimiento mutuo UE/EEE |
| Lituania | Permiso nacional válido | Su permiso de la UE/EEE | Reconocimiento mutuo UE/EEE |
| Luxemburgo | Permiso nacional válido | Su permiso de la UE/EEE | Reconocimiento mutuo UE/EEE |
| Macao | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción (1949 continued application to Macau SAR) [1] |
| Macedonia del Norte | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Madagascar | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Malasia | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Malaui | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Maldivas | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Malí | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Malta | Permiso nacional válido | Su permiso de la UE/EEE | Reconocimiento mutuo UE/EEE |
| Marruecos | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Martinica | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Mauricio | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Mauritania | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| México | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Micronesia | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Moldavia | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Mónaco | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Mongolia | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Montenegro | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Montserrat | No establecido | No podemos confirmar una base convencional para un permiso de Montserrat: consulte a la autoridad de expedición de permisos de Reunión antes de viajar | El registro del depositario no determina si alguna convención sobre circulación vial cubre a Montserrat: el país responsable de sus relaciones internacionales enumeró una por una sus extensiones territoriales de la Convención de 1949 sin nombrar a Montserrat, pero comunicó aparte al depositario que la Convención de 1949 sigue en vigor para sus dependencias de la Corona y territorios de ultramar. No puede establecerse ninguna base convencional para el permiso en ningún sentido: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Mozambique | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Myanmar | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Nagorno Karabaj | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Namibia | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Nauru | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Nepal | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Nicaragua | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Níger | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Nigeria | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Niue | No establecido | No podemos confirmar una base convencional para un permiso de Niue: consulte a la autoridad de expedición de permisos de Reunión antes de viajar | No hemos podido confirmar ninguna ratificación, adhesión ni extensión territorial que cubra a Niue, por lo que no puede establecerse ninguna base convencional para el permiso: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Noruega | Permiso nacional válido | Su permiso de la UE/EEE | Reconocimiento mutuo UE/EEE |
| Nueva Caledonia | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar (a través de Francia — aplicación territorial) [1] |
| Nueva Zelanda | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Omán | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Osetia del Sur | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Países Bajos | Permiso nacional válido | Su permiso de la UE/EEE | Reconocimiento mutuo UE/EEE |
| Pakistán | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Palaos | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Palestina | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Panamá | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Papúa Nueva Guinea | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Paraguay | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Perú | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Polinesia Francesa | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar (a través de Francia — aplicación territorial) [1] |
| Polonia | Permiso nacional válido | Su permiso de la UE/EEE | Reconocimiento mutuo UE/EEE |
| Portugal | Permiso nacional válido | Su permiso de la UE/EEE | Reconocimiento mutuo UE/EEE |
| Puerto Rico | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción (a través de Estados Unidos de América — aplicación territorial) [1] |
| Reino Unido | Permiso nacional válido | Su permiso británico con fotografía | El permiso británico con fotografía se acepta en la zona de la UE (directrices de gov.uk) |
| República Centroafricana | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| República Checa | Permiso nacional válido | Su permiso de la UE/EEE | Reconocimiento mutuo UE/EEE |
| República Dominicana | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| República Eslovaca | Permiso nacional válido | Su permiso de la UE/EEE | Reconocimiento mutuo UE/EEE |
| República Saharaui | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Ruanda | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Rumanía | Permiso nacional válido | Su permiso de la UE/EEE | Reconocimiento mutuo UE/EEE |
| Sáhara Occidental | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Samoa | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Samoa Americana | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción (a través de Estados Unidos de América — aplicación territorial) [1] |
| San Cristóbal y Nieves | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| San Marino | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| San Martín | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| San Pedro y Miquelón | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar (a través de Francia — aplicación territorial) [1] |
| Santa Lucía | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Santo Tomé y Príncipe | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| San Vicente | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Senegal | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Serbia | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Seychelles | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Sierra Leona | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Singapur | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Sint Maarten | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción (a través de Países Bajos — aplicación territorial) [1] |
| Siria | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Somalia | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Somalilandia | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Sri Lanka | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Sudáfrica | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Sudán | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Sudán del Sur | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Suecia | Permiso nacional válido | Su permiso de la UE/EEE | Reconocimiento mutuo UE/EEE |
| Suiza | Permiso nacional válido | Su permiso suizo | Reconocimiento mutuo CH–UE (directrices) |
| Surinam | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Tailandia | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Taiwán | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Tanzania | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Tayikistán | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Timor Oriental | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Togo | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Tonga | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Transnistria | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Trinidad y Tobago | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Túnez | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Turkmenistán | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Turquía | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Tuvalu | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Ucrania | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Uganda | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Uruguay | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Uzbekistán | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Vanuatu | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Vaticano | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Venezuela | La convención reconoce el permiso — se aconseja el PIC | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1949) | País parte de una convención (1949) — la Convención de Ginebra hace que se reconozca su permiso nacional y permite al destino exigir un PIC de tipo 1949; la Convención no ofrece ninguna vía de traducción [1] |
| Vietnam | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
| Wallis y Futuna | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar (a través de Francia — aplicación territorial) [1] |
| Yemen | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Yibuti | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención y ninguna convención le otorga validez en el destino. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Zambia | No establecido | Consulte a las autoridades locales antes de viajar | No es parte de ninguna convención sobre circulación vial — no puede expedirse para su permiso un PIC oficial de convención, si bien sus propias autoridades sí expiden un permiso internacional de conducción propio, y ninguna convención otorga validez en el destino a ninguno de los dos documentos. Que el destino lo acepte, y qué debe acompañarlo, dependen de la legislación propia del destino: consulte a las autoridades antes de viajar [1] |
| Zimbabue | La convención reconoce permiso + PIC — se aconseja | Su permiso nacional; se recomienda encarecidamente un PIC (tipo 1968), que solo sirve junto con él | País parte de una convención (1949+1968) — la Convención de Viena de 1968 hace que se reconozca un permiso nacional cuando se ajusta al Anexo 6, y que se reconozca un PIC solo cuando se presenta junto con el permiso al que corresponde; aquí no consta si su permiso se ajusta al Anexo 6, de modo que el conjunto de permiso y PIC es lo que esta fila puede respaldar [1] |
Fuentes y notas de la tabla anterior
[1] UN Treaty Collection, Multilateral Treaties Deposited with the Secretary-General — status of the 1949 Geneva Convention on Road Traffic (chapter XI-B-1) and of the 1968 Vienna Convention on Road Traffic (chapter XI-B-19) — XI-B-1, XI-B-19
El PIC debe obtenerse antes de viajar, y solo determinados países pueden expedirle uno: no se puede comprar un PIC oficial a un país sin vínculo con usted. Con arreglo a la Convención de Viena de 1968, solo puede expedirlo la Parte Contratante en cuyo territorio usted tiene su residencia normal y que expidió o reconoce su permiso de conducir, a través de la autoridad competente de esa Parte o de una asociación a la que esta haya facultado debidamente. Con arreglo a la Convención de Ginebra de 1949, lo expide la autoridad competente de un Estado Contratante, o una asociación debidamente facultada por dicha autoridad. El organismo concreto varía según el país: en unos es un organismo público; en otros, un club automovilístico autorizado.
Aparte de eso, IDA ofrece un Documento Internacional del Conductor digital: una traducción de su permiso nacional que usted lleva junto a él. No es un Permiso Internacional de Conducción expedido con arreglo a las convenciones de 1949 o 1968 por el organismo que su país autoriza a tal efecto, y tampoco es una traducción certificada, jurada ni oficial de ningún otro tipo: ninguna autoridad la certifica, y cuando un país exige por ley una traducción oficial o certificada, nuestro documento no satisface ese requisito. Es una traducción privada destinada a que su permiso nacional resulte legible en los mostradores de alquiler y en los controles de carretera.
Una vez que usted tiene la residencia normal en Francia (en la práctica, tras una estancia de 185 días o más), un permiso expedido por un país no europeo solo es válido durante 1 año a partir de la adquisición de la residencia normal. Dentro de ese año debe canjearse por un permiso francés; de lo contrario, tendrá que presentarse al examen de conducir francés. Fuente oficial.
Unos minutos de imágenes reales en primera persona son la forma más rápida de ganar confianza antes de conducir por primera vez en la Reunión:
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